- DEFINICIÓN
Se denomina Habilitación Sanitaria al proceso por el cual se verifica que un establecimiento cumpla con todos los requisitos y condiciones sanitarias señalados para la fabricación de alimentos y bebidas e implementación del Sistema HACCP, realizándose a solicitud de parte y la Validación Técnica Oficial del Plan HACCP que es la constatación realizada por la Autoridad de Salud de que los elementos del Plan HACCP son efectivos, eficaces y se aplican de acuerdo a las condiciones y situaciones específicas del establecimiento.
- REQUISITOS
Para otorgar la Habilitación Sanitaria y Validación Técnica Oficial del Plan HACCP, la DIGESA (Dirección General de Salud Ambiental) del Ministerio de Salud, solicita a los establecimientos de alimentos y bebidas, cumplir con todos los requisitos y condiciones sanitarias de Infraestructura, Buenas Prácticas y Manufactura, Programa de Higiene-Saneamiento y Plan HACCP, señalados por el D.S. N° 007-98-SA: Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas, R.M. N° 449-2006/MINSA: Norma Sanitaria para la aplicación del Sistema HACCP en la fabricación de Alimentos y Bebidas, y toda norma específica y complementaria que le aplique a la línea de proceso solicitada, caso contrario su incumplimiento evidenciado a través de observaciones generará la denegación del procedimiento solicitado.
Se debe aclarar que como parte de la verificación de la aplicación del Plan HACCP, la empresa debe sustentar que todo lo establecido en la misma cumple con la R.M. N° 449-2006/MINSA: Norma Sanitaria para la aplicación del Sistema HACCP en la fabricación de Alimentos y Bebidas, debiendo incluso contar con estudios que sustenten el tiempo de vida útil declarado en la descripción del producto.
La duración del trámite para Habilitación Sanitaria y Validación Técnica Oficial del Plan HACCP es de 30 días hábiles.
- VIGILANCIA Y FISCALIZACIÓN SANITARIA
- Socializar las normas sanitarias, herramientas de gestión y criterios técnicos para la vigilancia sanitaria.
- Efectivizar el intercambio de información entre el nivel central y regional.
- Sensibilizar a la población en temas referidos a inocuidad alimentaria.
- Mejorar la coordinación con las Direcciones Regionales de Salud, Redes y Microrredes; así como con las Municipalidades a fin de lograr apoyo y darle sostenibilidad a la Vigilancia Sanitaria.
- Atención de alertas sanitarias internas y externas.
- Rastreabilidad de lotes de alimentos implicados en brotes alimentarios.
La División de Vigilancia y Fiscalización Sanitaria, tiene como objetivo establecer los procedimientos y lineamientos técnicos a seguir en el proceso de vigilancia sanitaria y fiscalización de establecimientos procesadores de alimentos por parte de las Direcciones de Salud Ambiental (DESA) y Direcciones Regionales de Salud (DIRESA) a nivel nacional, a fin de verificar la inocuidad de los alimentos industrializados y elaborados destinados a usuarios en los establecimientos de salud e instituciones públicas.
Esta división desarrolla las siguientes actividades:
- CERTIFICACIÓN Y REGISTRO SANITARIO
La División de Registro Sanitario y Certificación Sanitaria, tiene como objetivo evaluar el cumplimiento de los lineamientos técnico-normativos y requisitos para el otorgamiento del Certificado de Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas industrializados, sean de fabricación nacional o importada, así como generar un sistema único de codificación, sujetos a vigilancia y control sanitario.
La Certificación Sanitaria Oficial de Exportación se otorga a solicitud de parte, previa conformidad de los requisitos, como: Habilitación Sanitaria, inspección del lote y análisis microbiológicos establecidos en la norma sanitaria vigente. Autorización Sanitaria de Aditivos para comercio nacional y exterior.